Ley de transparencia y acceso a la información de Tamaulipas
Artículo 67
Los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo a sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Código Fiscal de la Federación
- Ley de Planeación Federal
- Ley Federal del Trabajo
- Ley General del Equilibro Ecológico y Protección al Ambiente
- Constitución Política del Estado de Tamaulipas
- Ley General de Contabilidad Gubernamental
- Ley de Disciplina Financiera para Estados y Municipios
- Ley General de Mejora Regulatoria
- Código Municipal para el Estado de Tamaulipas
- Código Fiscal del Estado de Tamaulipas
- Ley Coordinación Sistema de Seguridad Publica
- Código Civil del Estado de Tamaulipas
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas
- Ley de Obras Publicas del Estado de Tamaulipas
- Ley para la Entrega – Recepción del Estado de Tamaulipas
- Ley de Transito del Estado de Tamaulipas
- Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Tamaulipas
- Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Tamaulipas
- Ley de Adquisiciones para la Administración Publica del Estado de Tamaulipas
- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica
- Ley de Catastro del Estado de Tamaulipas
- Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Tamaulipas
- Reglamento de Protección Civil
- Ley de Planeación Estatal
- Ley de Protección Civil para el Estado de Tamaulipas
- Ley de Ingresos 2019
- Reglamento Interno de la Administración Pública
- Reglamento del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente de San Fernando
- Reglamento de Tránsito del Estado de Tamaulipas
- Bando de Policía y buen Gobierno del Municipio de San Fernando
- Presupuesto de Egresos San Fernando Tamaulipas 2019
- Reglamento de Mercados
- Valores Catastrales 2019
Relaciones laborales
Recursos públicos a sindicatos
- Padrón de Proveedores y Contratistas 2016-2018
- Padrón de Proveedores y Contratistas 2021-2024
- Subsidios y Subvenciones 2016
- Subsidios y Subvenciones 2017
- Padrón de Beneficiarios 2017
- Subsidios y Subvenciones 2018
- Subsidios y Subvenciones del 1 de Julio al 30 de Septiembre de 2019
- Subsidios y Subvenciones del 1 de Octubre al 31 de Octubre de 2019
- Padrón de Beneficiarios 2019
- Subsidios y Subvenciones 2020 primer trimestre
- Subsidios y Subvenciones 2020 segundo trimestre
- Subsidios y Subvenciones 2020 tercer trimestre
- Subsidios y Subvenciones 2020 cuarto trimestre
- Padrón de Beneficiarios 2020
ARTÍCULO 69
I. El Poder Ejecutivo, además de los señalado en el artículo 67 de esta ley, deberá transparentar:
- El Plan Estatal de Desarrollo
- El Presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados
- El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio, la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales
- El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones otorgadas conforme a las disposiciones fiscales.
- Los nombres de las personas de quienes ejercen la función de notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que se les hubiera aplicado.
- La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo licencias de uso y construcción otorgadas por los gobiernos municipales.
- Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de la anticipación que prevean las disposiciones aplicables al Sujeto Obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones; y
- La Cuenta Pública el día hábil siguiente a su presentación ante el Consejo del Estado, para su fiscalización. Asimismo, deberá permanecer disponible en Internet la información correspondiente de los últimos seis ejercicios fiscales.
II. Adicionalmente de lo establecido en el párrafo anterior, en el caso de los municipios: