Ley de transparencia y acceso a la información de Tamaulipas
Artículo 57.
Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:
I. El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros;
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley Federal Del Trabajo
- Ley General De Contabilidad Gubernamental
- Ley General Del Equilibrio Ecológico Y La Protección Al Ambiente
- Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos
- Ley De Planeación Federal
- Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública
- Código Fiscal De La Federación
- Plan Nacional De Desarrollo
- Constitución Política Del Estado De Tamaulipas
- Ley De Adquisiciones Para La Administración Pública Del Estado De Tamaulipas Y Sus Municipios
- Ley De Bienes Del Estado Y Municipios De Tamaulipas
- Ley De Deuda Pública Estatal Y Municipal De Tamaulipas
- Ley Estatal De Mejora Regulatoria Para Tamaulipas Y Sus Municipios
- Ley Para La Entrega-Recepción De Los Recursos Asignados A Los Poderes, Órganos Y Ayuntamientos Del Estado De Tamaulipas
- Ley De Coordinación Del Sistema De Seguridad Pública Del Estado De Tamaulipas
- Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas Para El Estado De Tamaulipas
- Ley De Tránsito
- Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas Del Estado De Tamaulipas
- Ley De Responsabilidades Administrativas Del Estado De Tamaulipas
- Ley De Transparencia Y Acceso A La Información Pública Del Estado De Tamaulipas
- Ley De Catastro Para El Estado De Tamaulipas
- Ley De Coordinación Fiscal Del Estado De Tamaulipas
- Ley De Gasto Público
- Ley Estatal De Planeación
- Ley De Protección Civil Para El Estado De Tamaulipas
- Ley De Ingresos
- Ley Del Trabajo De Los Servidores Públicos Del Estado De Tamaulipas
- Código Civil Para El Estado De Tamaulipas
- Código De Procedimientos Civiles Del Estado De Tamaulipas
- Código Municipal Para El Estado De Tamaulipas
- Fondo Para La Infraestructura Social Municipal Y De Las Demarcaciones Territoriales Del Distrito Federal (FAISMUN)
- Fondo De Aportaciones Para El Fortalecimiento De Los Municipios Y De Las Demarcaciones Territoriales Del Distrito Federal (FORTAMUN)
- Plan Estatal De Desarrollo
- Reglamento Interno De La Administración Pública
- Reglamento Del Equilibrio Ecológico Y Protección Al Ambiente De San Fernando
- Reglamento De Tránsito Del Estado De Tamaulipas
- Bando De Policía Y Buen Gobierno Del Municipio De San Fernando
- Presupuesto De Egresos San Fernando Tamaulipas
- Reglamento De Mercados
- Valores Catastrales
- Plan Municipal De Desarrollo 2024-2027 Del Municipio De San Fernando
- Bando de Policía y buen Gobierno del Municipio de San Fernando
- Presupuesto de Egresos San Fernando Tamaulipas 2019
- Reglamento de Mercados
- Valores Catastrales 2019
Relaciones laborales
Recursos públicos a sindicatos
- Padrón de Proveedores y Contratistas 2016-2018
- Padrón de Proveedores y Contratistas 2021-2024
- Subsidios y Subvenciones 2016
- Subsidios y Subvenciones 2017
- Padrón de Beneficiarios 2017
- Subsidios y Subvenciones 2018
- Subsidios y Subvenciones del 1 de Julio al 30 de Septiembre de 2019
- Subsidios y Subvenciones del 1 de Octubre al 31 de Octubre de 2019
- Padrón de Beneficiarios 2019
- Subsidios y Subvenciones 2020 primer trimestre
- Subsidios y Subvenciones 2020 segundo trimestre
- Subsidios y Subvenciones 2020 tercer trimestre
- Subsidios y Subvenciones 2020 cuarto trimestre
- Padrón de Beneficiarios 2020
ARTÍCULO 69
I. El Poder Ejecutivo, además de los señalado en el artículo 67 de esta ley, deberá transparentar:
- El Plan Estatal de Desarrollo
- El Presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados
- El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio, la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales
- El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones otorgadas conforme a las disposiciones fiscales.
- Los nombres de las personas de quienes ejercen la función de notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que se les hubiera aplicado.
- La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo licencias de uso y construcción otorgadas por los gobiernos municipales.
- Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de la anticipación que prevean las disposiciones aplicables al Sujeto Obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones; y
- La Cuenta Pública el día hábil siguiente a su presentación ante el Consejo del Estado, para su fiscalización. Asimismo, deberá permanecer disponible en Internet la información correspondiente de los últimos seis ejercicios fiscales.
II. Adicionalmente de lo establecido en el párrafo anterior, en el caso de los municipios: